San Jos‚ de Balcarce, 29 de noviembre de 1982.- VISTO: La impugnaci¢n efectuada por la firma "Nucleo Asociados de Carlos Bellone" al pliego de Bases y Condiciones de la Licitaci¢n P£blica N§ 3/82 y, CONSIDERANDO: Que dicha impugnaci¢n carece de fundamentaci¢n cierta ya que por una parte, no existe falta de articulado pues los citados fueron alejados sin efecto por nota de fecha 9 de noviembre de 1982 integrante del pliego de bases y condiciones, como as¡ tam- bi‚n que con las especificaciones existentes en el pliego est  deter- minada en forma precisa y suficiente las condiciones generales a que se ten¡an que ajustar las ofertas en lo referente al mantenimiento de la obra, Que tanto en el aspecto referido como en su to- talidad, el pliego de bases y condiciones est  de acuerdo a las dis- posiciones normativas vigentes en la materia (Ley Org nica de las Mu- nicipalidades; Reglamento de Contabilidad y normas de Administraci¢n del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires; Ordenanzas Generales N§ 37, 43, 165 y modificatorias y Ley 6021), POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO en uso de las facultades que le confiere la Ley Org nica de las Municipalidades y la Ordenanza General N§ 43, D E C R E T A ------------- ARTICULO 1§: Rechazar la impugnaci¢n efectuada por la firma "Nucleo ------------ Asociados de Carlos Bellone" al pliego de Bases y Condi- ciones de la Licitaci¢n P£blica N§ 3/82.----------------------------- ARTICULO 2§: C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las Se- ------------ cretar¡as Municipales, Direcci¢n de Compras y Suminis- tros, Asesor¡a Legal, Contadur¡a, Tesorer¡a, Empresa y d‚se al Regis- tro Oficial de Decretos.--------------------------------------------- DECRETO N§: 434.- -----------------